Poder Electoral REGISTRO DE NACIMIENTO DE HIJOS DE VENEZOLANOS EN EL EXTERIOR

 

Para inscribir a los venezolanos nacidos en el exterior ante las autoridades de Venezuela, los interesados deben remitir por correo a este Consulado General los siguientes recaudos:

- Planilla del extracto de la Partida de Nacimiento facilitada por la Oficina Consular, debidamente completada. Pinchar aquí para obtener la planilla en formato PDF. No se aceptan ningun tipo de correcciones; borrones, tachaduras, uso de tipex, etc.

- 4 Fotocopias de la Partida de Nacimiento de la Madre (si es venezolana)

- 4 Fotocopias de la Partida de Nacimiento del Padre (si es venezolano)

- 4 Fotocopias del Acta de Matrimonio (si existe el vínculo matrimonial)

- 4 Fotocopias del Pasaporte del Padre

- 4 Fotocopias del Pasaporte de la Madre

- 4 Fotocopias de la Cédula de Identidad del Padre

- 4 Fotocopias de la Cédula de Identidad o DNI de ambos padres

- 4 Partidas de Nacimiento literal del hijo/a (originales) con la “Apostille” (sello) del Convenio de La Haya.

Nota: colocar el sello en el Tribunal Superior de Justicia (NO ante notario)

 
Poder Electoral PROCEDIMIENTO
  Una vez recibidos los recaudos, se procederá a realizar el asentamiento en el correspondiente Libro de Nacimientos, hecho lo cual, se contactará a los interesados y se concertará una cita para efectuar la firma del Nacimiento en esta Oficina Consular.
   
Poder Electoral OBSERVACIONES
  El progenitor venezolano deberá realizar previamente la Declaración de Voluntad de ser venezolano del menor, según lo previsto en el Artículo 32 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Si desea una copia certificada adicional de la Partida de Nacimiento venezolana, inserta en el Libro de Registros del Consulado en Bilbao, deberá cancelar el equivalente a US $15, en la entidad bancaria correspondiente, por concepto de derechos consulares.
   
Poder Electoral ES NECESARIO:
  Efectuado el registro del nacimiento ante el Consulado General, el (los) solicitante (s) y/o sus familiares deberán gestionar las copias certificadas de las partidas de nacimiento ante el Registro Civil correspondiente a su domicilio en Venezuela. Se sugiere a los padres realizar esta gestión un tiempo prudencial después de haber efectuado el registro ante el Consulado, lo que les permitirá tener conocimiento del año, el tomo y el folio en el que queda asentado la inserción del nacimiento de sus hijos en el país y gestionar sus partidas en el futuro.
Poder Electoral NOTA:
  Dichas copias certificadas deberán ser solicitadas en los Libros de Inserciones de Partidas en el registro correspondiente.
 
Venezuela ahora es de todos
 
Censo de Pensionados LOS PADRES DEL MENOR DEBERAN HACER EL REGISTRO DE NACIMIENTO DENTRO LOS 90 DÍAS DESPUÉS DEL NACIMIENTO DEL NIÑO/A.


 
 
 
 
 
 
 
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