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El Certificado de Edictos y el de Capacidad Matrimonial; son dos (2) documentos diferentes, donde se certifica – previo requerimiento del nacional a solicitud del organismo español – algunos asuntos de interés legal relativos al régimen matrimonial establecidos en el Código Civil Venezolano (CCV).

  1. Edictos para Matrimonios

    El Certificado de Edictos es un documento donde dejamos constancia que el CCV establece, que la publicación de carteles para contraer nupcias civil es un requisito a cumplir por los contrayentes en territorio nacional venezolano.

  2. Capacidad Matrimonial

    En el Certificado de Capacidad Matrimonial, se transcriben algunos artículos del CCV relativos al régimen matrimonial.


Requisitos:

  1. Realizar (si no lo tiene) el Registro Consular Único. Puede hacer ambos trámites al mismo tiempo. Verifique los recaudos y procedimientos en este enlace: REGISTRO CONSULAR ÚNICO

  2. Descargar y rellenar el Formulario único de Solicitud. Importante agregar correo electrónico y número telefónico de contacto.

  3. Copia de la Cédula de Identidad y Pasaporte (un folio).

  4. Adjuntar un Sobre de Correo Prepagado, concolocando sus datos y su dirección en el destinatario, con el cual la Oficina Consular le remitirá el documento solicitado una vez este realizado.

TODOS LOS REQUISITOS SON OBLIGATORIOS

¿Cómo realizar la solicitud?:

  1. La solicitud de estos certificados se tramitará vía correo postal. En tal sentido, el(la) interesado(a) deberá enviar los requisitos vistos al margen de la siguiente dirección postal:

    Consulado General de la República Bolivariana
    de Venezuela en Bilbao, Reino de España
    :
    Calle Ibañez de Bilbao 2
    Esquina.
    Bilbao. 48001

  2. Recibidos los requisitos, procederemos a notificarle vía correo electrónico (e-mail) el número de cuenta bancaría donde deberá depositar los aranceles que genera el trámite. Sesenta euros por cada documento solicitado, (60 euros).

  3. Realizado el pago de los aranceles, deberá enviarnos por la misma vía el correspondiente resguardo, para proceder finalmente a remitir a la dirección indicada en el sobre prepagado, el trámite que ha solicitado a la oficina consular. .

  4. Actuación consular sólo aplicable a ciudadanos venezolanos.